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Ayer muy entrada la noche, la Corte de Arbitraje para el Deporte (CAS) publicó su decisión que interpusiera la FIDE contra Karpov 2010 Inc. Y cinco federaciones nacionales. Las reglas principales de la CAS son las siguientes:

FIDE gano el caso contra Karpov 2010 Inc. y cinco federaciones nacionales.
Ayer muy entrada la noche, la Corte de Arbitraje para el Deporte (CAS) publicó su decisión que interpusiera la FIDE contra Karpov 2010 Inc. Y cinco federaciones nacionales. Las reglas principales de la CAS son las siguientes:
La mayoría de los miembros del jurado, consideraron que está en su jurisdicción decidir si la demanda de las Federaciones Nacionales. De lo contrario, establece que no tiene jurisdicción con respecto a la demanda hecha por Karpov 2010 Inc. donde demandaba por los daños en que el alegado incurrió como “gastos excesivos de campaña hechos por el ticket presidencial de Karpov”
Los demandantes pedían al Jurado encontrar la “validez da la nominación del Sr. Karpov por la Federación de Ajedrez de Rusia, como su único nominado para competir por la Presidencia de la FIDE”. El Jurado consideró que la FIDE no tiene forma de ser demandada con respecto a esta situación de la relevación y que los demandantes tenían que empezar los procedimientos en contra de las autoridades competentes de Rusia.
Con lo que respecta a las condiciones de la nominación, el Jurado recordó que siempre ha sido practica de la FIDE que los requisitos de los miembros para los candidatos a los tickets presidenciales no se apliquen estrictamente a menos que los candidatos sean parte de la “familia ajedrecistica” y que esta práctica se ajuste a los lineamientos de las Regulaciones Electorales de la FIDE, Además, el Jurado considero que es suficiente para un candidato del ticket Presidencial ser miembro de cualquiera de los miembros de la FIDE y que se requiera de un año de membresía lo que no es obligatorio, pero recomendable. A la luz de este principio. Los Miembros del Arbitraje consideraron que no era necesario que ellos decidieran la validez de la nominación de la Federación de Ajedrez de Rusia o de alguna otra Federación.
El Jurado, por lo tanto considera que es suficiente para el Sr. Ilyumzhinov ser miembro de la Federación Rusa de Ajedrez y parte de la familia de Ajedrez, lo cual es obvio debido a su larga presidencia en la FIDE, razones por las cuales, el Jurado establece que es claro que la Sra, Marinello, quien también pertenece a la Federación de Ajedrez de Estados Unidos, haya sido válidamente nominada por las federaciones de Chile y Brasil.
Al final el Jurado agrego que con el retiro del endoso del ticket presidencial de Ilyumzhinov no se afecta la nominación hecha con antelación archivado por él antes del plazo aplicable.
En conclusión, el Jurado rechazo la demanda de los demandados en la que solicitaban que tanto las nominaciones de el Sr Ilyumzhinov y la Sra. Marinello fueran juzgadas como no validas y de acuerdo con los demandados que el ticket de el Sr. Ilyumzhinov fuera descalificado de la elección
Los demandantes también alegaban que la “FIDE ha incumplido su obligación de actuar con imparcialidad hacia los candidatos y para llevar a cabo la elección de una manera justa”. En ese punto, el Jurado consideró que el testimonio dado en la audiencia no constituía una prueba de una conducta injusta o imparcial por parte de la FIDE, por el contrario, la Secretaria de la FIDE alerto le faltaba una firma al ticket de Karpov algunas horas antes del lapso del término para los nombramientos. La Secretaria ciertamente, no había actuado de esta forma, dijo el Jurado ya que no tenía la intención de ayudar injustamente al ticket del Sr. Ilyumzhinov.
A pesar de este resultado favorable, la FIDE lamente profundamente los recursos de la FIDE empleados para que esta frívola demanda fuera concluida.
Los detalles completos se encuentran aquí
Un Mundo, una Visión
América
http://www.oneamerica-onefide.com/
Martes 28 de Septiembre de 2010
http://www.oneamerica-onefide.com/modules.php?name=News&file=article&sid=168